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Convivencia armoniosa: Normativa y consejos sobre mascotas en comunidades de propietarios
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En Administración de Fincas Jordán sabemos lo importante que es mantener una convivencia armoniosa entre propietarios en una comunidad. Por eso, queremos informarte sobre la normativa que regula la tenencia de mascotas en estos espacios.

La Ley de Propiedad Horizontal permite que los propietarios tengan animales domésticos en sus viviendas, siempre y cuando respeten a los demás propietarios. Es fundamental que las mascotas no causen molestias a los demás residentes, ya sea por ruidos excesivos, falta de higiene o miedo hacia los animales.

En casos de disputas entre propietarios por cuestiones relacionadas con las mascotas, los administradores de fincas pueden actuar como mediadores y facilitar una copia de la Ley 49/1969, sobre Propiedad Horizontal, que regula este tema. Además, es importante recordar que los derechos individuales del dueño del animal prevalecen sobre las normas de la comunidad de propietarios, aunque estas puedan ser impugnadas.

Es fundamental que los propietarios sean responsables y respetuosos en el cuidado de sus mascotas, educándolas para que sean respetuosas con el resto de personas y animales de la comunidad. Asimismo, se deben seguir las normas municipales que regulan la tenencia de animales, como la declaración de núcleo zoológico en casos de tener cuatro o más perros.

En caso de mudarse a una nueva vivienda, es aconsejable leer con antelación los estatutos de la comunidad para conocer las normas respecto a la tenencia de mascotas. Evitar las molestias derivadas de la tenencia del perro, como ladridos excesivos o la falta de higiene, también es fundamental para mantener una convivencia pacífica.

En Administración de Fincas Jordán estamos a tu disposición para resolver cualquier duda o conflicto relacionado con mascotas en comunidades de propietarios. ¡Contáctanos y te ayudaremos a encontrar una solución amistosa para todos los propietarios!